Conozca y defienda sus derechos. Todos los inmigrantes que no son ciudadanos, tienen los siguientes derechos, independientemente del estatus migratorio:

u El derecho de hablar con un abogado antes de contestar cualquier pregunta o firmar cualquier documento;

u El derecho a una audiencia con un juez de inmigración;

u El derecho a tener un abogado presente en la audiencia y en cualquier entrevista con el INS (sin embargo, no se tiene derecho a un abogado gratis pagado por el gobierno);

u El derecho a solicitar ser puesto en libertad, pagando una fianza si es necesario. Los no ciudadanos deben ejercer estos derechos. Si usted no exige estos derechos, usted puede ser deportando sin ver a un juez o a un abogado. Salir de los Estados Unidos en esta manera puede tener graves consecuencias para después poder reingresar o legalizar su situación en los Estados Unidos.

HABLE CON UN ABOGADO DE INMIGRACIÓN ANTES DE SALIR DE LOS ESTADOS UNIDOS. El INS puede negarle, a cualquier persona, que no es ciudadano de los Estados Unidos, la entrada a este país, si dicha persona, esta dentro de las categorías de personas prohibidas de volver a entrar. Esto incluye a algunos residentes permanentes y aplicantes a la residencia permanente. A algunos inmigrantes, no ciudadanos, que han estado en los Estados Unidos sin el debido permiso, se les puede negar el re ingreso para siempre. Además, a algunos de estos inmigrantes que se van de los Estados Unidos y regresan sin permiso alguno, pueden ser removidos inmediatamente, si terminan en procedimientos de deportación.

Recuerde: Conocer nuestros derechos, nos da fuerza. De nada sirven estos derechos, sino los ejercemos, y corramos la voz para que todos/as los conozcamos. Aunque no tengamos documentos migratorios, todos tenemos derechos. Estos derechos, no pueden ser suspendidos aún, en estado de emergencia o en tiempo de guerra.

Para más información llame gratuitamente a CHIRLA 1-888-624-4752. Si necesita asistencia legal en alguna situación antes descrita, llame a la oficina del National Lawyers Guild (323) 653-4510. Tambien se puede comunicar a través del internet con la oficina del National Lawyers Guild en http://www.nlg-la.org

 

Esta información fue proveída por el National Lawyers Guild 10/03/01

CHIRLA Coalicion Pro-Derechos Humanos del Inmigrante en Los Angeles

ENTENDIENDO LOS DERECHOS CIVILES

¿Qué derechos tengo?

El Derecho a Luchar por Cambios. La Primera Enmienda Constitucional de los Estados Unidos de América protege los derechos de grupos e individuos que abogan por cambios en las leyes, las practicas del gobierno, y aún la forma de gobierno.

El Derecho a Permanecer Callado. La Quinta Enmienda Constitucional dice que toda persona tiene el derecho de permanecer callado ante las preguntas hechas por cualquier policía u oficial del gobierno.

El Derecho a estar libre de Revisiones y Detenciones Injustificadas. La Cuarta Enmienda debe proteger su privacidad. Sin una orden judicial, ningún agente del gobierno tiene permiso de revisar su hogar u oficina y usted puede rehusar dejarlos entrar. Sin embargo, es fácil que el gobierno monitoree sus llamadas telefónicas, conversaciones en su oficina, casa, carro o lugar de reunion, así como el correo. E-mail es particularmente inseguro. El gobierno ya ha acelerado su vigilancia de e-mails.

¿Qué hago si los agentes vienen a interrogarme?

u No esta obligado a hablar con la policía, el FBI, el Servicio de Inmigración o cualquier otro agente de la ley o investigador. Fuera de darles su nombre y dirección a un oficial de la policía que esta investigando un crimen, usted no esta legalmente obligado a hablar con nadie, ni en la calle, en su oficina, en su casa; o si ha sido arrestado, o aún sí esta en la carcel. Solo un juez tiene la autoridad legal de ordenarle a contestar preguntas.

u No esta obligado a dejar entrar a su casa a la policía o a cualquier agente de la ley, a menos que le muestren una orden judicial de cateo o de arresto. Siempre exija ver la orden judicial, ésta tiene específicamente que describir el lugar a ser revisado y las cosas a ser confiscadas. Si tienen una orden, no les puede negar la entrada, ni que busquen, pero debe decirles que usted no da su consentimiento a una revisión. Esto los límita a solo buscar lo indicado en la orden.

u Si le muestran una orden judicial, usted tiene el derecho de vigilar la búsqueda y actividades de los oficiales. Tiene el derecho de preguntarles sus nombres y títulos, y observar lo que hacen. Tome notas por escrito, incluyendo sus nombres, números de placas, y de que agencia son. Haga que sus amigos que estén presentes actúen como testigos. Dé esta información a su abogado. Una orden de cateo no le da permiso al gobierno a hacer preguntas, ni le obliga a usted a contestarlas.

u Si la policía o el FBI, o cualquier otro oficial, intenta interrogarle o tratar de entrar a su casa sin una orden judicial, simplemente no los deje entrar. La policía y otros agentes de la ley son muy hábiles para sacarle información a la gente. Mucha gente cree que si se niega a cooperar, esto va a aparecer como si tiene algo que esconder. No se deje engañar. A la policía se le permite usar mentiras para obtener información. Aunque los agentes sean muy amables y parezcan estar de su lado, es posible que la intención sea conocer los hábitos, opiniones y afiliación de la gente no sospechosa, con el fin de parar la actividad política legal, pero con la cual no este de acuerdo el gobierno. Contestar las preguntas de los agentes o tratar de educarlos sobre su causa puede ser muy peligroso. Nunca se puede saber, como una poca de información inocente puede ser usada o tergiversada para hacerle daño a usted o a alguien más. Tenga en mente que mentirle a un agente federal es un crimen.

u Si le detienen en la calle, pregunte si es libre de irse. Si lo detiene la policía, pregunte por qué. Si no tienen una buena razón para detenerlo, o si usted habla con ellos por mas de un minuto, pregunte: "Estoy arrestado o puedo retirarme libremente." Si no dicen que esta bajo arresto, dígales que ya no desea seguir hablando con ellos y que usted va seguir adelante con sus asuntos. Y hágalo.

u Cualquier cosa que usted diga a la policía o al FBI, INS, o cualquier agente de la ley puede ser usada en su contra. Una vez lo arresten, no puede salir de ello con explicaciones. No trate de entrar en conversación con los agentes ni responda a las acusaciones que ellos hagan.

u El FBI puede amenazarle con una orden del gran jurado si usted no quiere hablar con ellos. De todos modos, le pueden dar esa orden, así es que cualquier cosa que usted les diga puede darles las bases para sacarle mas detalles posteriormente. Usted también puede tener bases legales para rehusar contestar preguntas de un gran jurado. Si le dan una orden de un gran jurado, hable con un abogado inmediatamente. Comunique lo sucedido a sus amigos y a alguna organización comunitaria. No trate de enfrentar esta situación solo.

u Si se siente nervioso y no puede hablar, digales que contacten a su abogado. Ellos deben de parar de hacerle preguntas en el momento que usted anuncie su deseo de consultar un abogado. No necesita tener uno ya presente. Recuerde de tomar los nombres de los agentes, agencies a la que pertenecen, teléfonos de cualquier investigador que lo visite, y contacte al National Lawyers Guild para conseguir ayuda de un abogado.

¿Cómo debo responder ante llamadas o cartas de amenaza?

Tome los pasos inmediatos para aumentar la seguridad personal y la de su oficina. Si entran a su casa por la fuerza o sin su permiso, si le han amenazado, si alguien con quien trabaja o su organización ha sido amenazada, comparta esta información con todos los afectados. Debe discutir con su organización y su abogado sobre si se debe y como reportar estos incidentes a la policía y si es aconsejable tomar otras acciones legales. Si decide informarlo o poner una queja formal, no lo haga sin la presencia de un abogado.

¿Qué puedo hacer si sospecho que se me vigilan?

Ser prudente es el mejor camino. No importa de quien sospeche o cual sea la base de sus sospechas. No dude en enfrentar atentamente y en publico a esos agentes de quien sospecha, con cuando menos otra persona presente, y pregúnteles que es lo que hacen. Si el sospechoso no quiere contestar, el o ella, cuando menos ahora sabe que usted esta conciente de que se le vigila. Si sospecha que agentes del gobierno lo están moni toreando o molestando, reporte esto al National Lawyers Guild.

¿Qué puedo hacer si no soy ciudadano estadounidense?

No hable con el INS ni por teléfono. Muchos agentes del INS ven "el hacer cumplir las leyes de inmigración," como el deportar a la gente y creen que ese es su trabajo principal. No ven como parte de su trabajo explicar las opciones que pueda tener un inmigrante bajo las leyes de inmigración, y muchos lo admiten enseguida. (Los no ciudadanos que son victimas de violencia doméstica deben hablar con un experto en ambas leyes, de inmigración y de abuso doméstico). Alguien que no es ciudadano siempre debe hablar primero con un experto en inmigración antes de hablar con el INS, ya sea en persona o por teléfono.

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